Hace cerca de 100 días que muchos cargos políticos cesaron democráticamente en sus cargos como ediles y consejeros, su cargo político recibió un teléfono de última generación como herramienta de trabajo, pues muchos de ellos a fecha de hoy siguen en poder esos equipos que son del Ayuntamiento, Gobierno o institución que se lo proporciono.
· El Artículo 252 del Código Penal, que es el que trata de la apropiación indebida, dice:
"Serán castigados con las penas del artículo 249, o del artículo 250, en su caso, los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial que hayan recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido, cuando la cuantía de lo apropiado exceda de cuatrocientos euros. Dicha pena se impondrá en su mitad superior en el caso de depósito necesario o miserable".
La pena del artículo 249 es la de prisión de seis meses a tres años, si la cuantía de lo apropiado excediere de 400 euros.
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